Una de las localizaciones más deseadas parar abrir un negocio es en una zona en el centro o bien en el casco histórico de las poblaciones. Es lógico: estás en plena pomada y con visibilidad garantizada.
Muy seguramente sea zona de paso progresivo y haya cerca otros negocios que se complementen con el tuyo. Todo parece perfecto. No obstante puedes tener alguna pega:
* Es posible que tu edificio tenga alguna peculiaridad que represente relevancia histórica o bien artística.
* O bien es posible que forme una parte de una zona con una estética que se quiera preservar.
El rótulo en forja o letreros vintage y el muro en ladrillo rústico y piedra, vienen condicionados por la localización de algunos edificios, Monumento Histórico Artístico Nacional.
Sí, me refiero a los generalmente llamados Recursos de Interés Cultural (BIC), Zonas de Singular Protección, Casco o bien Circuito Histórico …
En estos casos, y sobre las reglas de la Comunidad de vecinos, va a haber que examinar la normativa tanto del Municipio, como de la Comunidad Autónoma y de Patrimonio Nacional, que van a tener regulado todo cuanto concierne a ese edificio para preservar ese carácter singular. Y te hallarás con muchas restricciones.
Por ejemplo:
– Colores y materiales, que deben ir parejos con la apariencia generalizada que se quiera cuidar.
– Seguramente no puedas colocar una banderola (esos letreros o bien elementos en perpendicular a la fachada)
– O bien no puedas alumbrar tu banderola comercial, o bien este haya de ser de materiales y colores específicos (forja, colores oscuros, etcétera)
– Posiblemente el tamaño de los escaparates esté concretado
– Que te limiten la luz que los escaparates lanzan a la calle
– Que no te permitan poner instalaciones en la fachada, como un equipo de A.A.
– O bien que las puertas hayan de ser idénticas que las del resto de la zona.
Conoce bien las limitaciones que te puedan imponer antes de comenzar a hacer algo. No solo ya antes de comenzar reformas o bien instalaciones, sino más bien aun ya antes de adquirir o bien arrendar el local. Es posible que te limiten mucho o bien aun te impidan instalar tu actividad.
Las normativas municipales
Aun si bien tu edificio no esté incluido en alguna de esas zonas tan concretas (Recursos de Interés Cultural), posiblemente tu municipio desee conservar o bien fortalecer ciertas peculiaridades de imagen.
Aquí jugamos nuevamente con los materiales o bien los colores a usar.
Mas el municipio quizás tenga sus planes a fin de que la zona tenga un aspecto concreto: moderno, tradicional, urbano o bien rústico… Y ponga sus condiciones a fin de que todas y cada una de las fachadas se ajusten a ese aspecto que busca.
Además de esto, el municipio deseará eludir o bien disminuir al mínimo ciertas molestias que un local puede causar al resto de la población. Las más habituales son las que se refieren a salidas de aire, tanto de ventilación como de A.A.
Y ahora vamos a ver otros elementos como toldos o bien banderolas (clic para entrar): se restringe su tamaño, saliente de la fachada, colores, altura, etcétera
Y la luz: La iluminación de los rótulos o bien escaparates asimismo puede limitarse para eludir, por poner un ejemplo, deslumbramientos, y zonas de luz/sombra excesiva.
Aun pueden darse reglas para los tonos de los carteles promocionales y hasta para los mensajes que se ponen, y de esta manera eludir que sean ofensivos o bien, afirmemos, políticamente incorrectos.
De todo esto no se libra ni la propia puerta y el acceso a tu local, que, como mínimo estarán perjudicados por la ley de accesibilidad, y que asimismo puede requerir una investigación de sus medidas, sus materiales, cara dónde abre, etcétera
Todos estos elementos pueden estar del mismo modo regulados por la normativa autonómica.